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Empieza el monitoreo de faltantes de bienes

Jueves 19 de Febrero de 2015

Comercio controlará a las empresas desde el 2 de marzo.

Todos los productores y distribuidores de insumos o bienes finales deberán informar a la Secretaría de Comercio sobre cualquier problema en el proceso de fabricación o distribución que afecte "sustancialmente" el abastecimiento normal de insumos o bienes finales.

Así lo estipula la resolución 17/2015 que publicó ayer el Ministerio de Economía y cuyas resoluciones entrarán en marcha a partir del próximo 2 de marzo en lo que se conoce como el Sistema de Monitoreo de Abastecimiento y Disponibilidad de Bienes e Insumos (Simona).

Esta medida busca "detectar de modo preventivo las contingencias que pudieran ocurrir en el proceso productivo, distributivo y/o de comercialización" y evitar faltantes.

Asimismo, según se desprende de la resolución, Simona servirá para "neutralizar los efectos distorsivos generados por la afectación al normal abastecimiento de insumos y/o bienes finales, en resguardo de los intereses de los usuarios y consumidores (...), así como también en pos de asegurar la transparencia y efectiva competencia del mercado".

Las empresas que incumplan con notificar desabastecimiento estarán sujetas a las leyes 20.680, 22.802, 24.240 y 25.156. Durante la presentación de este sistema, la semana pasada, el secretario de Comercio, Augusto Costa, dijo que "el Estado intervendrá aplicando una sanción cuando una empresa que tiene poder dominante en el mercado desabastece de forma injustificada perjudicando a los consumidores".

De esta obligación quedan exentas las micro, pequeñas o medianas empresas, a menos que "produzcan y/o distribuyan" medicinas o materias primas para su fabricación.

Cualquier problema en la fabricación o distribución deberá ser notificado a la Secretaría de Comercio dentro de las 48 horas de conocerse. Esa cartera, por su parte, publicará en su página web aquellos casos de faltantes que por su "gravedad, alcance temporal", etcétera, "aconsejen su difusión en protección de los intereses de usuarios y consumidores", explica la resolución.

Finalmente, la norma detalla que la publicación se limitará a "informar los alcances y duración temporal del faltante de productos, las circunstancias que lo originaron y, en su caso, las medidas de remediación correspondientes".

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